La Cámara de Diputadas y Diputados ratificó por unanimidad las modificaciones del Senado, consolidando una normativa que busca proteger a las víctimas de violencia intrafamiliar mediante la restricción del porte y tenencia de armas de fuego.
En una jornada histórica, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó por unanimidad las enmiendas introducidas por el Senado al proyecto que prohíbe el porte y tenencia de armas de fuego a personas denunciadas o condenadas por violencia intrafamiliar (VIF). Con este respaldo transversal, la iniciativa quedó lista para convertirse en ley, marcando un hito en la protección de las víctimas y en el fortalecimiento de la seguridad pública.
La moción, impulsada originalmente por la diputada Lorena Fries junto a integrantes del Frente Amplio, fue despachada desde la Cámara el 22 de enero de 2025 y recibió modificaciones que mantuvieron el espíritu inicial, pero precisaron aspectos normativos. El proyecto introduce cambios en las leyes 20.066, 19.968, 17.798 y 21.675, además de ajustes en el Código Procesal Penal.
🔒 Presunción de riesgo y medidas cautelares
El texto establece que la inscripción de armas será considerada como una presunción de riesgo inminente en casos de violencia intrafamiliar. En consecuencia, cuando exista intimidación hacia la víctima, el juez podrá aplicar de manera preventiva la prohibición de porte y tenencia, además del comiso de las armas involucradas.
La norma señala que la denuncia debe estar fundada en hechos que afecten la vida, integridad física o psíquica, libertad o indemnidad sexual de la víctima. Asimismo, contempla situaciones en que el denunciado posea armas sin autorización legal.
Para evaluar estos casos, se habilita el acceso de los Tribunales de Familia a los registros de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), permitiendo verificar si el denunciado cuenta con autorización para portar armas.
⚖️ Medidas accesorias y decomiso inmediato
En el caso de personas condenadas, la ley establece la prohibición absoluta de tenencia de armas y ordena su decomiso. La DGMN deberá registrar esta prohibición en un plazo máximo de 24 horas, mientras que Carabineros de Chile tendrá la obligación de incautar de inmediato las armas, municiones y cartuchos en posesión del infractor.
La normativa también contempla situaciones especiales para miembros de las Fuerzas Armadas, Carabineros, Policía de Investigaciones y Gendarmería, quienes deberán ser informados a sus respectivas instituciones para aplicar las medidas reglamentarias correspondientes.
📌 Excepciones y solicitudes
El proyecto abre la posibilidad de que personas condenadas soliciten mantener la tenencia de armas si su profesión lo requiere, siempre que acrediten debidamente esta necesidad. Sin embargo, el tribunal podrá rechazar la solicitud si representa un peligro cierto y grave para la víctima.
Además, se incorpora la prohibición de porte y tenencia en casos procesados en Tribunales de Familia, especialmente cuando el arma se encuentre en el domicilio compartido con la víctima o haya sido utilizada para intimidarla. En caso de sospecha de tenencia ilegal, el juez podrá oficiar al Ministerio Público para iniciar una investigación.
📢 Reacciones y relevancia social
La aprobación unánime fue celebrada como una señal clara de compromiso institucional frente a la violencia intrafamiliar. Parlamentarios destacaron que esta medida busca cerrar espacios de riesgo y entregar mayor seguridad a quienes enfrentan situaciones de vulnerabilidad.
“La violencia intrafamiliar no puede convivir con el acceso a armas de fuego. Esta ley es una herramienta concreta para proteger a las víctimas y prevenir tragedias”, señalaron desde la bancada impulsora.
Con esta decisión, Chile avanza hacia un marco legal más estricto y protector, reforzando la idea de que la seguridad de las familias debe estar por encima de cualquier privilegio en el porte de armas.
